icono Información sobre el abono del Incentivo no Consolidable del año 2012

Información sobre el abono del Incentivo no Consolidable del año 2012

Información sobre el abono del Incentivo no Consolidable del año 2012

Información sobre el abono del 60% del Incentivo no Consolidable correspondiente al ejercicio 2012 recogido en la Sentencia nº 984/2016 del Tribunal Supremo.

El Tribunal Supremo ha dictaminado, en sentencia nº 984/2016, proceder al abono del 60% del incentivo no Consolidable del 2012 para el personal denominado “resto del personal” en el Sistema de Evaluación de Desempeño Anual (SEDA) por el cual se fijó el incentivo variable.

El personal incluido en dicho colectivo "resto del personal" que haya causado baja en la empresa con posterioridad al 1 de enero de 2012, podrá solicitar el abono de este incentivo remitiendo un correo a [email protected] con los siguientes datos: 

Asunto: Deberá indicarse “ABONO DEL INCENTIVO NO CONSOLIDABLE DEL 2012”.

El cuerpo del correo deberá indicar:
NOMBRE:
APELLIDOS:
DNI:
CUENTA BANCARIA DONDE DESEE RECIBIR EL PAGO:

Isdefe registrará estos datos, así como la dirección de correo electrónico que utilice la persona para envío de esta información a los efectos de gestionar el abono de los conceptos indicados en esta nota.